

Os
informamos que en el día 17 de Enero, se celebró la
reunión de la Comisión Mixta de Interpretación del
XXI Convenio Colectivo Estatal del Sector, constituida
por las organizaciones empresariales: FEIGRAF, AFCO y la
FGEE, y las organizaciones sindicales FES/UGT y FCT/CC.OO.,
con objeto de proceder a fijar los salarios correspondientes al año 2005, en dicha Comisión, se tomaron
los siguientes acuerdos, que consideramos trasladaros al
ser de vuestro interés: PRIMERO:
Revisión Salarial del Convenio para el año 2005
De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.3.1.,
7.3.2., 7.3.6 y 7.5. del Convenio, y demás artículos
concordantes, siendo el IPC real del año 2004 el 3, 2
por ciento, se acuerda incrementar los salarios vigentes a 31 de diciembre de
2004 en la cuantía del 3,2 más 0,25 puntos, con efectos del día 1 de enero de
2005. Como
consecuencia de lo anterior, los conceptos salariales
del año 2005 quedan establecidos en la siguiente cuantía: -
Salario Base de Convenio: 12,716201 euros por día y
punto de calificación[1]
-
Módulo Salarial anual por punto de calificación:
5.836,73 euros al año. -
Complemento Lineal de Convenio: 3.538,48 euros
anuales. -
Complemento Menor Calificación Profesional,
calificación 1,16: 252,10
euros anuales. -
Complemento Menor Calificación Profesional,
calificación 1,22: 174,33
euros anuales. Se
acompaña como Anexo la tabla de salarios para el año
2005. SEGUNDO: Abono de los incrementos salariales del año
2005 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.5. del Convenio, el plazo para el abono de los incrementos salariales correspondiente al año 2005, debidos desde el día 1 de enero de 2005, finaliza el día 31 de marzo de 2005. SALARIOS VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE
ENERO DEL AÑO 2005 MODULO
SALARIAL SALARIO BASE DE CONVENIO (por día y punto de calificación):
12,716201 euros 1 DISTRIBUCION ANUAL DEL
MODULO SALARIAL PARA EL AÑO 2005 (Calificación 1,00) 365
días naturales a 12,716201 €
....................................................
4.641,41 euros/año
60 días Pagas Junio y Navidad a 12,716201
€............................... 762,97 euros/año 34 días (8%
Paga Beneficios sobre 425 días a
12,716201€)…...... 432,35 euros/año 459
días a 12,716201 €........................Módulo
Salarial Anual = 5.836,73
euros/año ·
Según el artículo 7.3.2. del texto
del Convenio, se establece un Complemento Lineal, igual para todas las categorías, excepto para los
trabajadores con contrato para la formación, de
3.538,48 euros anuales, distribuidos en la forma y
tiempo que, de común acuerdo, se adopte en cada
empresa. Los trabajadores contratados bajo la modalidad
de contrato de trabajo en prácticas percibirán el
Complemento Lineal previsto con carácter general, de
acuerdo con los porcentajes señalados en el artículo
6.4.3.2. de este Convenio. ·
Según el artículo 7.3.6. los
trabajadores con calificación 1,16 y 1,22,
exclusivamente, percibirán un complemento
de puesto de trabajo por menor calificación profesional, de un importe anual de 252,10 euros y 174,33 euros,
respectivamente. TABLAS
SALARIALES 2005
[1]
Este módulo salarial se expresa con 6 decimales por
aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto
del artículo 11 de la Ley 46/1998, de 17 de
diciembre, sobre introducción del euro, modificada
por Ley 9/2001 de 4 de junio, BOE de 5 de junio de
2001.
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| . | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||